Multa por circular sin ITV o sin seguro: qué hacer
Circular con la ITV caducada o sin seguro obligatorio son infracciones distintas y el seguro es mucho más grave. En los dos casos lo primero es regularizar el coche y después decidir si pagas con descuento o alegas.
¿Tienes la carta delante? Hazle una foto o sube el PDF y te decimos qué es, qué tienes que hacer, el plazo exacto que te dan y tu siguiente paso. Gratis y sin registrarte.
Qué mirar en tu carta
- Qué infracción se describe: ITV caducada, ITV desfavorable o falta de seguro obligatorio.
- La fecha de los hechos (para comprobar si en ese momento tenías ITV o seguro en vigor).
- El importe y el descuento por pronto pago.
- Si se ordenó inmovilizar el vehículo.
Qué hacer, paso a paso
- Comprueba tus documentos: fecha de la última ITV y póliza del seguro con sus fechas de vigencia.
- Si tenías ITV o seguro en vigor, preséntalo en las alegaciones: suele bastar para que archiven la multa.
- Si de verdad estaba caducada, pasa la ITV o contrata el seguro cuanto antes. Seguir circulando así puede acarrear nuevas multas.
- Paga con descuento o alega dentro del plazo de la notificación.
- Si el coche está inmovilizado, consulta qué tienes que presentar para recuperarlo.
Plazos
Como en el resto de multas de tráfico, suele haber 20 días naturales para pagar con descuento o alegar.
¿Y si no hago nada?
Sin pagar ni alegar, la sanción se vuelve firme por el importe completo y pasa a apremio. Circular sin seguro puede suponer además la inmovilización del vehículo y una sanción importante.
Cada carta es distinta
Los plazos, importes y opciones exactos dependen de lo que diga tu documento. Descífralo lee tu carta y te dice en lenguaje claro qué te piden, hasta cuándo tienes, qué documentos necesitas y, si hace falta responder, te prepara un borrador.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden multar si el coche está aparcado sin seguro?
¿Cuánto tiempo tengo para pasar la ITV una vez caducada?
Aviso: esta página es información general y orientativa, no asesoramiento jurídico ni fiscal. Las normas y los plazos pueden cambiar y dependen de cada caso; comprueba siempre lo que indique tu documento y la sede oficial del organismo, y en casos importantes consulta con un profesional. Descífralo no pertenece a ninguna Administración Pública.