Cómo recurrir una multa de tráfico paso a paso
Si crees que una multa es injusta o tiene errores, puedes presentar alegaciones y, después, recurso. Recurrir es gratis y se hace por escrito, pero pierdes el descuento por pronto pago, así que conviene hacerlo con argumentos y pruebas.
¿Tienes la carta delante? Hazle una foto o sube el PDF y te decimos qué es, qué tienes que hacer, el plazo exacto que te dan y tu siguiente paso. Gratis y sin registrarte.
Qué mirar en tu carta
- La fecha de notificación: desde ahí cuentan los plazos.
- Si es la denuncia inicial (se alega) o ya una resolución (se recurre).
- Los hechos que se te atribuyen y el precepto que se cita.
- El órgano al que se dirige el escrito.
Qué hacer, paso a paso
- Reúne pruebas: fotos del lugar y de las señales, tickets, testigos, partes médicos o del taller, o justificantes de que el coche estaba en otro sitio.
- Escribe las alegaciones: tus datos, número de expediente, los hechos, por qué no estás de acuerdo y qué pides (archivo del expediente).
- Preséntalas en la sede electrónica de la DGT o en un registro oficial, dentro de plazo.
- Si después te llega una resolución desfavorable, mira el pie de recurso: normalmente cabe recurso de reposición.
- Si se agota la vía administrativa, solo queda la vía judicial (contencioso-administrativo), que suele requerir abogado y tiene costes.
Plazos
Para alegar contra la denuncia suele haber 20 días naturales. Contra la resolución, el recurso de reposición suele presentarse en un mes. Comprueba los plazos que indica tu documento.
¿Y si no hago nada?
Si no alegas ni pagas, la denuncia puede convertirse directamente en sanción firme por el importe completo.
Cada carta es distinta
Los plazos, importes y opciones exactos dependen de lo que diga tu documento. Descífralo lee tu carta y te dice en lenguaje claro qué te piden, hasta cuándo tienes, qué documentos necesitas y, si hace falta responder, te prepara un borrador.
Preguntas frecuentes
¿Pierdo el descuento si recurro?
¿Necesito abogado para recurrir una multa?
Aviso: esta página es información general y orientativa, no asesoramiento jurídico ni fiscal. Las normas y los plazos pueden cambiar y dependen de cada caso; comprueba siempre lo que indique tu documento y la sede oficial del organismo, y en casos importantes consulta con un profesional. Descífralo no pertenece a ninguna Administración Pública.